AA.VV
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21,38 €El único elemento que permite definir e individualizar el Estado Federal, o, si se prefiere, polÃticamente descentralizado, es el de la protección constitucional de la autonomÃa, que se articula, básicamente, a través de una Constitución rÃgida y la existencia de algún mecanismo de control de constitucionalidad. En nuestro Derecho, este instituto reviste especiales y notables singularidades. En efecto, la constitucionalización del principio dispositivo ha determinado que el definitivo reparto, territorial y funcional, del poder polÃtico se haya verificado no en la Constitución misma, sino en los diversos Estatutos de AutonomÃa. Resultado de ello es que, para que la garantÃa de la autonomÃa sea realmente eficaz, no basta con que la Constitución de 1978 sea rÃgida, sino que también han de serlo las normas institucionales básicas de las Comunidades Autónomas. Nos encontramos, de este modo, ante un doble sistema de garantÃa de cuya existencia se derivarán no pocos inconvenientes para la ponderada articulación de la protección constitucional de la autonomÃa.